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Convenio C193 sobre el trabajo decente en la economía de plataformas: balance de la CIT 2026 y próximos pasos

  • 24 de junio de 20267:30am - 9:00am Mexico (CST) | 2:30pm - 4:00pm United Kingdom (BST), Ireland (IST) | 3:30pm - 5:00pm Netherlands (CEST) | 9:30pm - 11:00pm Philippines (PST)
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Por primera vez, las personas trabajadoras de plataformas, independientemente de su situación en el empleo, han sido reconocidas en las normas internacionales y cuentan con derechos garantizados y protecciones. El 24 de junio, WIEGO y el Proyecto Global de Solidaridad de Personas Trabajadoras de Plataformas (GPWSP) organizarán el seminario web “Convenio C193 sobre el trabajo decente en la economía de plataformas: balance de la CIT 2026 y próximos pasos” para analizar colectivamente el impacto del convenio recientemente adoptado.

Las personas panelistas informarán sobre lo acontecido en la Conferencia Internacional del Trabajo y compartirán los aspectos clave del C193. Escucharemos a las personas trabajadoras de plataformas y representantes que participaron en el proceso de establecimiento de normas, quienes compartirán sus reflexiones sobre las implicaciones para el transporte por aplicación, el trabajo de datos y el trabajo de cuidados. También identificaremos los próximos pasos que pueden dar las organizaciones de personas trabajadoras, como impulsar una Recomendación y abogar por que los gobiernos nacionales ratifiquen el C193.

Panelistas:

  • Paulo Méndez Alvarado, Organización Sindical de Conductores Profesionales y Autoempleados.
  • Naftali Andati Wambalo, Movimiento de Personas Trabajadoras de la Tecnología de África (ATWM).
  • Fish Ip, Federación Internacional de Trabajadoras del Hogar (FITH).
  • Pat Horn, WIEGO.

Moderación:

  • Salonie Hiriyur (WIEGO) / Anousha Peters (Proyecto Global de Solidaridad de Personas Trabajadoras de Plataformas – GPWSP)

Acerca de C193:

El Convenio sobre el trabajo decente en la economía de plataformas, o Convenio 193 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), es un tratado internacional jurídicamente vinculante que establece normas mínimas de protección y se aplica a “todos los trabajadores de plataformas digitales […] tanto si se encuentran en la economía formal como en la informal”.

Reconoce los derechos de las personas trabajadoras de plataformas a tener condiciones de trabajo decentes, seguridad y salud en el trabajo, protección contra la violencia y el acoso laboral, y a la cobertura de seguridad social. Además, establece que las plataformas digitales de trabajo deben proporcionar información clara, transparente y oportuna sobre los salarios y la remuneración, clasificar a las personas trabajadoras según las condiciones reales de su trabajo y garantizar la intervención humana en los sistemas automatizados de toma de decisiones que afecten el acceso al trabajo y las condiciones de las personas trabajadoras de plataformas.

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